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Gerencia de Servicios Municipales y Gestión Ambiental

ARTICULO PRIMERO: Dar por finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones - ITSE.

ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER a la junta directiva  de la "ASOCIACIÓN DE PISICULTORES DE SAPUYACU PADRE ABAD",  distrito y provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, por el periodo de dos (02) años, la misma que está  integrada por los siguientes ciudadanos: 

ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER a la junta directiva  de la "JUNTA VECINAL COMUNAL RURAL BAJO SAN PEDRO",  distrito y provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, por el periodo de dos (02) años, la misma que está  integrada por los siguientes ciudadanos: 

ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER a la junta directiva  de la "JUNTA VECINAL LAS MALVINAS",  distrito y provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, por el periodo de dos (02) años, la misma que está  integrada por los siguientes ciudadanos: 

ARTICULO PRIMERO: Dar por finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia emítase el correspondiente Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones - ITSE

ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER a la junta directiva  de la "JUNTA VECINAL COMUNAL RURAL SABALO",  distrito y provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, por el periodo de dos (02) años, la misma que está  integrada por los siguientes ciudadanos: 

ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER a la junta directiva  de la "ASOCIACIÓN CÁMARA DE TURISMO DE PADRE ABAD",  distrito y provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, por el periodo de dos (02) años, la misma que está  integrada por los siguientes ciudadanos: 

ARTICULO PRIMERO: Dar por finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia emítase el correspondiente Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones - ITSE

ARTICULO PRIMERO: Dar por finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia emítase el correspondiente Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones - ITSE

ARTICULO PRIMERO: Dar por finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia emítase el correspondiente Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones - ITSE

ARTÍCULO PRIMERO: Dar por finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, declarando procedente aplicar el silencio administrativo positivo, solicitado por la administrada  PALTY PONCE CARO, identificada con DNI Nº 42214872, en su escrito obrante  en  el  Expediente  Externo  Nº  07382-2024;  adjuntando  DECLARACIÓN  JURADA  DE SILENCIO  ADMINISTRATIVO  POSITIVO,  respecto  de su solicitud  de fecha  13  de noviembre  de 2023, obrante  en  el  expediente  externo 18055-2023,  sobre  CERTIFICADO  DE INSPECCIÓN  TÉCNICA  DE SEGURIDAD  EN  EDIFICACIONES  -ITSE,  clasificado  con  nivel  de  riesgo  alto,  para  el  comercio AGROSERVICIOS LA  BUENA COSECHA  con  RUC  N° 10422148723, el  mismo  que  se  encuentra  ubicado en  la JJ.VV. La Marina calle 17 Mz. 17,  lote 11, del  distrito  y  provincia  de  Padre  Abad,  departamento de  Ucayali. 

ARTÍCULO PRIMERO: Dar por  finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia emítase el correspondiente Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones  -  ITSE. 

ARTÍCULO PRIMERO: Dar por  finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia emítase el correspondiente Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones  -  ITSE. 

ARTÍCULO PRIMERO: Dar por  finalizado el  presente  procedimiento  de  Inspección  Técnica  de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia  emítase el  correspondiente  Certificado  de Inspección  Técnica de Seguridad  en Edificaciones  -  ITSE.

ARTÍCULO PRIMERO: Dar por  finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia emítase el correspondiente Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones  -  ITSE.

ARTÍCULO PRIMERO: Dar por finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia emítase el correspondiente Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones  -  ITSE.

ARTÍCULO PRIMERO: Dar por finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia emítase el  correspondiente Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones  -  ITSE.

ARTÍCULO PRIMERO: Dar por finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia emítase el correspondiente Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones  -  ITSE.

ARTÍCULO PRIMERO: Dar por finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia  emítase el correspondiente Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones  -  ITSE.

ARTÍCULO PRIMERO: Dar por finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia emítase el correspondiente Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones  -  ITSE.

ARTÍCULO PRIMERO: Dar por finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia emítase el correspondiente Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones  -  ITSE. 

ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER a la junta directiva  de la "Junta  Vecinal 23 de Marzo",  distrito y provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, por el periodo de dos (02) años, la misma que está  integrada por los siguientes ciudadanos: 

ARTÍCULO PRIMERO: Dar por finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia emítase el correspondiente Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones  -  ITSE.

ARTÍCULO PRIMERO: Dar por finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia  emítase el correspondiente Certificado de Inspección Técnica de Seguridad  en Edificaciones - ITSE.

ARTÍCULO PRIMERO: Dar por finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia emítase el correspondiente Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones - ITSE.

ARTÍCULO PRIMERO: Dar por finalizado el presente procedimiento  de  Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia  emítase el  correspondiente  Certificado  de Inspección  Técnica de Seguridad  en Edificaciones  -  ITSE.

ARTÍCULO PRIMERO: Dar por  finalizado el  presente  procedimiento  de  Inspección  Técnica  de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia  emítase el  correspondiente  Certificado  de Inspección  Técnica de Seguridad  en Edificaciones  -  ITSE. 

ARTÍCULO PRIMERO:  Dar por finalizado el presente procedimiento de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y en consecuencia emítase el correspondiente Certificado de Inspección Técnica de Seguridad  en Edificaciones  - ITSE. 

ARTICULO  PRIMERO;  ACREDITAR  como  INSPECTORES  MUNICIPALES  DE  TRANSPORTE  DE  LA MUNICIPALIDAD  PROVINCIAL  DE  PADRE  ABAD,  A LAS SIGUIENTES  PERSONAS: 

ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER a la Junta  directiva de la "ASOCIACIÓN DEL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE Y RECICLADORES SANTA CRUZ DEL ORIENTE", distrito y provincia de Padre Abad,  departamento de Ucayali, por el periodo de dos (02) años, la misma que está integrada por los siguientes  ciudadanos: 

ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER a la junta directiva de la "Junta Vecinal Daniel Osiel Zegarra Macuyama", distrito y provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, por el periodo de dos (02) años, la misma que está Integrada por los siguientes ciudadanos: 

ARTICULO PRIMERO: RECONOCER a la junta directiva de la "Junta Vecinal Cerro San Cosme", distrito y provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, por el período de dos (02) años, la misma que esta integrada  por los siguientes ciudadanos: 

ARTÍCULO PRIMERO. - DESIGNAR, como responsables del Registro Nacional de Sanciones, a las siguientes personas. 

ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER a la junta directiva de la "Junta Vecinal Rural Ampliación de Mariela Peng Jinmei", distrito y provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, por el periodo de dos (02) años, la  misma que está integrada por los siguientes ciudadanos: 

ARTICULO PRIMERO: OTORGAR autorización para prestar el servicio de  transporte "TURISTICO" en la Provincia de Padre Abad a la EMPRESA TURISMO DIOS ES AMOR E.I.R.L, con RUC 20604082057, por el periodo de diez (10) años, a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, con una flota de uno (01) unidad vehicular, que a continuación se detalla en el siguiente cuadro: 

ARTÍCULO PRIMERO. - OTORGAR PERMISO DE OPERACION para prestar servicio de transporte de personas a la EMPRESA DE TRANSPORTES BOQUERON EXPRESS S.A.C, por las vías del casco urbano de la ciudad de Aguaytía conforme al PDU actualizado, con vigencia de diez (10) años conforme a ley N°31917-Ley de Transporte público de personas en vehículos automotores menores, categoría L5, y la Ordenanza Municipal Nº 004-2024-MPPA-A, contados a partir del 27 de mayo del 2024 hasta el 27 de mayo del 2034; por los argumentos expuestos en la parte considerativa, con una flota de 24 unidades vehiculares menores, que a continuación se detallan en el siguiente cuadro: 

ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR FUNDADO, la petición solicitada por el administrado SANTOS ANDRES CORDOVA CORDOVA, identificado con DNI Nº 03363525; toda vez que se encuentra PRESCRITA la facultad que  tiene la autoridad para determinar la existencia de infracciones, respecto a la Papeleta de Infracción de Transito Nº000126016, impuesta el 08 de octubre del 2016.

ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR FUNDADO, la petición solicitada por el administrado JHON WILDER TRUJILLO ESPINOZA, identificado con DNI Nº 46571207; toda vez, que se encuentra PRESCRITA la facultad que tiene  la autoridad para determinar la existencia de infracciones, respecto a la Papeleta de Infracción de Tránsito Nº0000988, impuesta el 23 de setiembre del 2017.

ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR FUNDADO, la petición solicitada por el administrado EFRAIN CARLOS PRINCIPE, identificado con DNI Nº 61579080, toda vez, que se encuentra PRESCRITA la facultad que tiene la  autoridad para determinar la existencia de infracciones, respecto a la Papeleta de Infracción de Tránsito Nº000012346, impuesta el 25 de julio del 2016. 

ARTICULO PRIMERO. - DECLARAR FUNDADO, la petición solicitada por el administrado EFRAIN SAAVEDRA CHAVEZ, identificado con DNI Nº 43687059; toda vez, que se encuentra PRESCRITA la facultad que tiene la autoridad para determinar la existencia de infracciones, respecto a la Papeleta de Infracción de Tránsito Nº000047116, impuesta el 25 de Julio del 2016. 

ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR, la cancelación de la Papeleta de Infracción Nº 002058-19, de fecha 18 de octubre de 2021, en mérito al PAGO realizado, según Boleta de Venta Nº EB01-1643, de fecha 27 de diciembre de 2023. por la Infracción M-28 "Conducir un vehículo sin contar con la póliza del seguro obligatorio de accidentes de tránsito, o certificado de accidentes de tránsito, cuando corresponda, o estos no se encuentra vigente", impuesta al señor JHON YURI ROSALES MELGAREJO, identificado con DNI Nº 48706198, dando por concluido el procedimiento administrativo sancionador; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. 

ARTÍCULO PRIMERO. - OTORGAR Licencia de Funcionamiento a favor del administrado MARCO ANTONIO MEZA RIVERA, identificado con DNI Nº 40152683, quien solicita licencia de funcionamiento indeterminada, para el establecimiento denominado "NACHO", con actividad económica principal "PELUQUERIA Y OTROS TRATAMIENTOS DE BELLEZA", ubicado en Jr. Independencia Mz. 6  Lt. 13 -Ciudad de Aguaytía, Distrito y Provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO PRIMERO. - OTORGAR Licencia de Funcionamiento a favor del administrado JOSE MANUEL HUERTA ROMERO, identificado con DNI Nº 22521669, quien solicita licencia de funcionamiento indeterminada, para el establecimiento denominado "CENTRO MÉDICO OBSTÉTRICO Y GINECOLÓGICO HYM", con actividad económica principal "ACTIVIDADES DE MÉDICOS Y ODONTÓLOGOS", ubicado en Jr. Victor Pinedo Mz. 152 Lt. 12 -Ciudad de Aguaytía, Distrito y Provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO PRIMERO. - OTORGAR Licencia de Funcionamiento a favor del administrado FRANCISCO AGUILAR CORDOVA, identificado con DNI Nº 27844997, quien solicita licencia de funcionamiento indeterminada, para el establecimiento denominado "SS.GG EL REZACON EN LA PEÑA", con actividad económica principal "ACTIVIDADES CREATIVAS, ARTISTICAS Y DE ENTRETENIMIENTO", ubicado en Jr. Las Orquídeas Mz. D3 Lt. 1 Urb. Miraflores -Ciudad de Aguaytía, Distrito y Provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO PRIMERO. - OTORGAR Licencia de Funcionamiento a favor del administrado NICK ELVIN VALDIZAN ARCE, identificado con DNI Nº 70249708, quien solicita licencia de funcionamiento indeterminada, para el establecimiento denominado "DISTRIBUCIONES VALDIZAN", con actividad económica principal "OTRAS ACTIVIDADES DE VENTA AL POR MENOR EN COMERCIOS NO ESPECIALIZADOS", ubicado en Jr. Garcilazo de la Vega Nº 291 -Ciudad de Aguaytía, Distrito y Provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO PRIMERO. - OTORGAR Licencia de Funcionamiento a favor de la administrada EYLEEN CHACON HERNANDEZ, identificado con DNI Nº 70078512, quien solicita licencia de funcionamiento indeterminada, para el establecimiento denominado "CENTRO ODONTOLOGICO DETECTA", con actividad económica principal "VENTA AL POR MENOR DE OTROS PRODUCTOS NUEVOS EN COMERCIOS ESPECIALIZADOS", ubicado en Jr. Vargas Guerra Mz. L2 Lt. 12 -Ciudad de Aguaytía, Distrito y Provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO PRIMERO. - OTORGAR Licencia de Funcionamiento a favor del administrado TEODOR ARRIETA ESCANDON, identificado con DNI Nº 04212280, quien solicita licencia de funcionamiento indeterminada, para el establecimiento denominado "COMERCIAL TEO", con actividad económica principal "VENTA AL POR MENOR DE ALIMENTOS EN COMERCIOS ESPECIALIZADOS", ubicado en Carretera Federico Basadre Mz. B Lt. 1 JJ.VV. Miguel Grau-Ciudad de Aguaytía, Distrito y Provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO PRIMERO. - OTORGAR Licencia de Funcionamiento a favor del administrado ELVER BENITES LINO, identificado con DNI N 42877763, quien solicita licencia de funcionamiento
indeterminada, para el establecimiento denominado "DELIPAN PANADERIA Y PASTELERIA", con actividad económica principal "ELABORACION DE PRODUCTOS DE PANADERÍA, ubicado en Jr Independencia Mz. F Lt. 16-Ciudad de Aguaytía, Distrito y Provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR, la cancelación de la Papeleta de Infracción N' 002082-19, de fecha 01 de agosto de 2021, en mérito al PAGO realizado, según Boleta de Venta Nº EB01-1550, de fecha 28 de noviembre de 2023. por la Infracción M-16 "Circular en sentido contrario al transito autorizado", impuesta al señor JEFFERSON WILFREDO MOYA NUÑEZ, identificado con DNI Nº 20685833, dando por concluido el procedimiento administrativo sancionador; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. 

ARTICULO PRIMERO. - OTORGAR Licencia de Funcionamiento a favor de la administrada EVELYN JASMIN NUNEZ VENANCIO, identificado con DNI N°70201583 quien solicita licencia de funcionamiento indeterminada, para el establecimiento denominado "HOSTAL VELO DE LA NOVIA", con actividad económica principal "ACTIVIDADES DE ALOJAMIENTO PARA ESTANCIAS CORTAS", ubicado en Carretera Federico Basadre Mz 171 Lt.11 JJ.W Pampa Yurac-Ciudad de Aguaytía  Distrito y Provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. 

 
 
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