ARTICULO PRIMERO: RECONOCER, a los MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO de la JUNTA VECINAL COMUNAL RURAL HORMIGA, Distrito de Padre Abad, Provincia de Padre Abad Departamento de Ucayali, por un periodo de dos (2) años computados a partir de la fecha de emisión del Acto Resolutivo, la misma que está integrado de la siguiente manera: