ARTICULO PRIMERO. -RECONOCER al CONCEJO DIRECTIVO DE LA ASOCIACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD DIVERSO, JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE BOQUERON, PROVINCIA DE PADRE ABAD, DEPARTAMENTO DE UCAYALI, por el plazo de dos (02) años contabilizados desde el día siguiente de expedida el acto resolutivo de reconocimiento, conformado de la siguiente manera: