ARTICULO PRIMERO: DECLARAR, la capacidad de los pretendientes Sr. ALAN BEQUER FLORES URBANO y la Sra. MARIA RIVERA BERAUN, para contraer matrimonio civil dentro los cuatro (04) meses siguientes a la fecha de expedición de la presente resolución conforme lo establece el artículo 258º del código civil y en merito a los documentos que son parte del expediente descrito en la parte del visto de la presente resolución.