ARTICULO PRIMERO: DECLARAR, la capacidad del señor YEFERSON ALEJANDRO BETETA PAULINO y la señora DULCE CIELO GERONIMO PADILLA, para contraer matrimonio civil dentro de los cuatro (04) meses siguientes a la fecha de la presente resolución conforme lo establece el artículo 258º del código civil y en mérito a los documentos que son parte del expediente del descrito en el visto.