ARTICULO PRIMERO: DECLARAR, la capacidad del señor MOISES ANTONIO SOLIER CARBAJAL y la señorita YOLY INES COSTODIO TOLENTINO, para contraer matrimonio civil dentro los cuatro (04) meses siguientes a la fecha de expedición de la presente resolución conforme lo establece el articulo 258º del código civil y en merito a los documentos que son parte del expediente del descrito en el visto.