ARTICULO PRIMERO: DECLARAR, la capacidad del señor ALEX LINERR GARGATE EUGENIO y la señora ELIZABETH ROSARIO CANTARO BALTAZAR, para contraer matrimonio civil dentro los cuatro (04) meses siguientes a la fecha de expedición de la presente resolución, conforme lo establece el artículo 258º del código civil y en merito a los documentos que son parte del expediente del descrito en el visto.