ARTÍCULO PRIMERO.- CONSTITUIR y RECONOCER a la junta de delegados Vecinales Comunales de manera transitoria para el distrito de boqueron deviendo cumplir con lo establecido en los numerales 1,4 y 6 del articulo 107 de la ley 27972, ley organica de Municipalidades a partir de la fecha, siendo sus integrantes los siguientes: (...)