ARTICULO PRIMERO.- RECONOCER, a la Junta Administradora de los Servicios de Saneamiento - JASS del Caserío 03 de OCTUBRE, Jurisdicción del CC.PP Divisora del Distrito y Provincia de Padre de Abad, Región Ucayali como Organización Comunal responsable de la Administración, Operación y Mantenimiento de los Servicios de Saneamiento, disponiéndose asimismo su inscripción en el Libro de Registro de organizaciones comunales correspondiente.