Declarar, la capacidad del Señor Luis Hildemaro Tecco Dávila y la Señorita Llicely Yovany Becerril Sopla, para contraer Matrimonio Civil, dentro de los cuatros meses siguientes a la fecha de expedición de la presente, conforme lo establece el art. 258 del Código Civil y en mérito a los documentos y que son parte de esta Resolución.