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DOCUMENTOS IVP-PA

Artículo 1°. - El I.V.P, es una institución, descentralizada y autónoma; con ORDENANZA MUNICIPAL N.º 017-2007 DEL 26 DE SETIEMBRE DEL 2007, con personería jurídica y autonomía otorgada por el presente Estatuto y demás normas legales que le es aplicable, y se rige por las disposiciones contenidas en el presente estatuto y disposiciones normativas afines.

 
 
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